1.-NOTICIAS DEL DEPORTE EN LA ARGENTINA
Ahora la AFA reglamenta la licencia de clubes para poder competir
Se aprobó el Reglamento de licencia de clubes, por el cual se instala a partir del año 2019 la exigencia que los clubes de Primera División, el Nacional B y la B Metropolitana, adquieran la licencia expedida por la propia AFA, para poder competir. Para lograr esa licencia el club debe cumplir con una serie de requisitos expuestos en este Reglamento, que incluye aspectos económicos, administrativos, jurídicos, de infraestructura de estadio, etc. Como mero ejemplo, uno de los requisitos para obtener la licencia es tener un equipo de fútbol femenino (propio o por convenio con otra entidad) que compita en los torneos oficiales organizados por la propia AFA. Ello, indudablemente generará una mayor evolución del fútbol femenino en Argentina.
2.-JURISPRUDENCIA NACIONAL
La justicia argentina avaló el cobro de comisiones de los agentes no licenciados
Una interesante novedad jurisprudencial se hace presente en la sentencia de autos “Agramunt Luis Felipe c/ Asociación Atlética Argentinos Juniors s/ ordinario”, cuando admite el reconocimiento de deuda en favor de un agente no licenciado. Concretamente allí se expuso que: “Pasando a la consideración de la nulidad planteada con relación al "Reconocimiento de Comisión y Fórmula de Pago" firmado por la institución deportiva demandada y, ahora sí, por el actor a título personal (nulidad que claramente se reiteró a fs. 688 vta.), corresponde observar que, más allá de toda consideración sobre el alcance e interpretación de los reglamentos federativos en orden al cobro de comisiones por parte de un "agente de jugadores" no inscripto que ha intermediado entre dos clubes con el objeto de que suscriban un contrato de transferencia, nada impide que cualquiera de los clubes, como acto unilateral, reconozca una comisión y se obligue a su pago.”
3.-JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL
El TAS confirma que la FIFA prohíba los derechos económicos derivados de la transferencia de derechos federativos
FC SERAING vs. FIFA: en este laudo arbitral, el TAS resuelve un controvertido tema acerca de la competencia y legitimación que tiene FIFA para imponer por vía reglamentaria la prohibición de los clubes de ceder a terceras personas los derechos económicos derivados de la transferencia de los derechos federativos. En esta oportunidad, este tribunal arbitral con sede en Suiza realiza un minucioso recorrido argumental, y arriba a la conclusión por la cual admite esas prerrogativas en cabeza de la FIFA. En ese orden, si bien reduce el monto, confirma la viabilidad de una sanción disciplinaria (en este caso económica) a este club belga por haber incumplido con esa prohibición federativa.
Messi ganó una disputa legal contra el periodismo español por menospreciar al jugador
El Tribunal Supremo español condenó al periodista Ussía a indemnizar al futbolista Messi por un artículo en donde además de menospreciar el valor futbolístico de este deportista utilizó una expresión que necesariamente lo vinculaba con conducta sancionadas con dopaje. Así, dicho fallo recoge el siguiente párrafo: “….en cuanto a la esfera personal, aprovechar la circunstancia de una patología que sufrió el jugador durante su infancia para articular una crítica, traspasa los límites de lo que sería una opinión pública, pero además insinuar que el jugador continúa administrándose hormonas para el crecimiento, supone afirmar que está realizando una conducta sancionada como muy grave en la normativa sobre dopaje en la actividad deportiva, términos y expresiones injuriosas innecesarias para transmitir aquella finalidad crítica, que afectan a una esfera más extensa como es su honor profesional.”
4.-NOTICIAS DEL DEPORTE EN EL MUNDO
FIFA WORLD CUP 2018. La decisión del TAS dejó a la Argentina en zona de repechaje y define su clasificación al mundial 2018.
El TAS ratificó la decisión dictada el 12 de enero de 2017 por la Comisión de Apelación de la FIFA por la mala utilización de Cabrera, jugador nacido en Paraguay. En consecuencia, se le dio perdido a Bolivia los partidos disputados contra Perú, en La Paz, el 1 de septiembre de 2016 (2-0); y ante Chile, en Santiago, el 6 de septiembre de 2016 (0-0) por el marcador de 3-0 en favor de peruanos y chilenos. La decisión ratifica las posiciones actuales de las eliminatorias, con Argentina en zona de repechaje. El caso se sometió a la Formación Arbitral del TAS y la audiencia se celebró el 5 de julio de 2017 en Lausana, Suiza. Ni en los escritos presentados por las partes ni en la audiencia se objetó el hecho de que Nelson Cabrera no cumpliera con los requisitos de elegibilidad para jugar por la selección nacional de Bolivia. En cambio, la FBB cuestionó el derecho de la FIFA a iniciar una investigación respecto a la inelegibilidad del jugador y alegó ciertas inconsistencias entre el Código Disciplinario de la FIFA (CDF) y el Reglamento FIFA para la Copa del Mundo 2018, siendo este último el que establecía que una protesta oficial debía interponerse dentro de la hora posterior al partido en cuestión. La Formación Arbitral rechazó estos argumentos estableciendo que la FIFA tenía el derecho de iniciar de oficio un procedimiento disciplinario contra Bolivia conforme al CDF dentro del plazo de dos años (Artículos 42 y 108 del CDF). En consecuencia, la Formación Arbitral rechazó las apelaciones y confirmó las decisiones apeladas.
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