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Newsletter Noviembre 2017

1. NOTICIAS DEL DEPORTE EN LA ARGENTINA

Diputados aprobó la ley de responsabilidad penal empresaria Necesidad de cumplir las normas por los clubes y federaciones de fútbol 


La Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley  el proyecto de Responsabilidad Penal Empresaria que se encontraba bajo el análisis por los legisladores, el cual  impone a las empresas la obligación de implementar un programa orientado a prevenir la corrupción dentro de su organización y permite que la persona jurídica pueda ser eximida de penas siempre y cuando tenga una acción productiva de colaboración con la justicia. El compliance officer será la persona detrás del cumplimiento de las normas y tiene que mostrar que los responsables de la corrupción sortearon todas los obstáculos para cometer el delito. Las empresas serán responsabilizadas si quienes tienen que controlar no lo hacen, y si se prueba que los directores decidieron cometer el delito. El fútbol también tuvo su protagonismo por los escándalos de corrupción que protagonizó durante los últimos años. La compliance officer, Graciela Garay, fue contratada para poner las cosas en orden en la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol), tomando una serie de medidas, entre ellas, cortar los pagos en efectivo. e impuso la investigación previa en materia de transparencia a proveedores y a sponsors. A parir de ahora y más allá de su reglamentación, es importante y esencial que los directivos de clubes y federaciones se asesoren en la materia. Para mayor información contactar a Info@enriquemartorell.net 

 

2. JURISPRUDENCIA NACIONAL

La percepción de derechos federativos y/o económicos  por parte de los clubes concursados. 


La justicia multó al presidente del Club Atlético Huracán por no cumplir con el depósito judicial del dinero percibido por el Club fruto de las transferencias de los derechos federativos y/o económicos de los jugadores del plantel. Toda vez que los administradores de una sociedad civil deportiva concursada percibieron, en forma reiterada, fondos provenientes de transferencias de derechos federativos y/o económicos de jugadores que integran su plantel profesional, a sabiendas de la manda judicial que les imponía el depósito judicial de los aludidos fondos, corresponde designar un interventor judicial en grado de coadministrador y aplicar una multa al presidente y al tesorero de la citada entidad, quien debían tener conocimiento sobre la desatención de la apuntada orden judicial./Juzgado Nacional de 1a Instancia en lo Comercial Nro. 20 • 26/04/2010 • Club Atlético Huracán 

 

3. JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL

TAS-Real Madrid vs. FIFA: 

El Reglamento sobre el Estatuto y Transferencias de Jugadores de FIFA establece la prohibición de las transferencias internacionales para los menores de 18 años, salvo tres excepciones: el traslado familiar por razones ajenas al fútbol; las transferencias dentro de la Unión Europea pueden celebrarse bajo ciertos requisitos desde los 16 años; y las denominadas transferencias fronterizas. Este año la FIFA añadió el supuesto de las razones humanitarias –por ej. los refugiados. Si bien uno de los primeros clubes sancionados por infringir esta norma de FIFA fue el Midtjylland de Dinamarca por incorporar irregularmente menores provenientes de Nigeria, lo cierto es que los principales clubes españoles incurrieron en este escenario de ilegalidad, fundando ello esencialmente en una laguna legal que se generó en el juego de la aplicación entre la norma de FIFA con la normativa de la legislación española. Es por eso que fueron sancionados por FIFA el Barcelona, el Atlético de Madrid y el Real Madrid. En este laudo, el TAS confirmó que esta entidad española vulneró la norma de FIFA, pero no obstante ello redujo la sanción impuesta por esa entidad, y la limitó a que ese club no pueda registrar durante una ventana de transferencias a jugador alguno, fuera proveniente del ámbito nacional o internacional, más una multa económica de 240.000 euros en favor de la FIFA. Esta sanción es prácticamente la mitad que se le había impuesto en un laudo anterior al Barcelona por incumplir con este precepto de la FIFA.

 

4. NOTICIAS DEL DEPORTE EN EL MUNDO

La FIFA confirma la utilización del VAR para el mundial.

La FIFA implementó el sistema de consulta de árbitros para mejorar las decisiones del árbitro en los partidos de fútbol. La FIFA describe la  utilización del VAR  (Video Assistance Referee)  en los siguientes pasos: 1. El árbitro informa a los asistentes de vídeo, o los asistentes de vídeo recomiendan al árbitro que se revise una decisión o incidencia. 2. Los asistentes de vídeo examinan las imágenes grabadas e informan al árbitro mediante un sistema de audio de lo que están viendo en pantalla. 3. El árbitro toma la decisión o actúa adecuadamente tras ver el vídeo en el lateral del campo o basándose en la información que le han comunicado los asistentes de vídeo. Sin embargo, se ha cuestionado su efectividad en la semifinal de la Copa Libertadores frente al partido disputado entre Lanús frente a River Plate. La tecnología no ayudó a la transparencia y terminó perjudicando a River Plate. Ahora, uno de los árbitros que participó de esa polémica actuación fue premiado por la FIFA y cumplirá la misma función en el mundial.

 

Para mayor información enviar consulta a info@enriquemartorell.net