1.- NOTICIAS DEL DEPORTE EN LA ARGENTINA
La AFA apunta a la institucionalidad del organismo y su crecimiento en Responsabilidad Social y Sustentabilidad.
Con la presencia de algunos de los principales sponsors de la Selección se realizó en el Predio de AFA un encuentro de la Comisión de Deportividad, Responsabilidad Social y Sustentabilidad. En la reunión fueron expuestos los ejes de trabajo de la Comisión para el presente semestre y se trazaron acciones que se llevarán a cabo conjuntamente entre AFA y los distintos auspiciantes de la Selección Nacional. La FIFA también cuenta con su propia Comisión de Deportividad y Responsabilidad Social la cual se ocupa de los asuntos relacionados con la deportividad en el fútbol mundial, monitorea la adherencia al espíritu deportivo, además de apoyar y supervisar la conducta de toda persona relacionada con el fútbol.
2.- JURISPRUDENCIA NACIONAL
La justicia confirma que el deber de seguridad de los partidos de fútbol que organiza la CONMEBOL debe ser garantizado por ella.
La justicia argentina condenó a la Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL) a pagar el daño que sufrió un hincha de Vélez en un partido jugado en Montevideo por una copa que ella organiza, entre los Clubes Vélez Sarsfield y Club Nacional de Montevideo, en el marco del torneo Copa Toyota Libertadores de América. La Cámara Civil resolvió que la Confederación debía pagar la suma de $300.000 por daño moral ocasionado al hincha y es responsable de asegurar la seguridad en los espectáculos deportivos organizados por ella conforme el artículo cuarto de su estatuto. En ese sentido la Alzada destaca y reafirma que.... "la obligación de seguridad no presenta el carácter de accesoria, sino que hace a la esencia del espectáculo mismo, y en caso de no ser expresamente estipulada, rige tácitamente, de modo que no siendo prevista por las partes, grava a una de ellas en virtud del principio rector de la buena fe y su función integradora del negocio jurídico”. Cámara Civil, Sala B, "Nunnari, Juan Ignacio c/ Club Atlético Vélez Sarsfield y otros s/ Daños y Perjuicios", Expte. 30931/2010
3.- JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL
Riquelme es condenado por el tribunal fiscal español por evasión impositiva en cuestiones relacionadas a la venta de su derecho a la imagen.
La Sala contenciosa administrativa española confirmó la condena al jugador por evasión fiscal derivada de la venta de su derecho de imagen, resuelta por el Tribunal Económico administrativo Central de Valencia, España el 2 de diciembre de 2015. En particular el tribunal cuestiona los ingresos no declarados al fisco español, por la venta de los derechos de imagen del jugador, los cuales a criterio del tribunal deben tributar por el concepto impositivo IRPF en calidad de contribuyente con residencia habitual en territorio español y los considera ingresos de ganancias no justificados. El fisco español determina que si la retribución abonada por el uso de los derechos de imagen supera el 15% de la renta total del jugador compuesta también por su salario, entonces éstos deben considerarse como renta y tributar. Los pagos cuestionados eran los efectuados por el Villareal, el FC Barcelona, Boca Juniors y la Selección Argentina a sociedades extranjeras que curiosamente se encontraban en jurisdicciones que benefician la carga tributaria por el cobro de este tipo de renta.
4.- NOTICIAS DEL DEPORTE EN EL MUNDO
La FIFA confirma los montos a abonar a los clubes cuyos jugadores vayan al Mundial.
La FIFA mediante una circulares internas N° 1600 y N° 1608 dispuso otorgar un beneficio económico a los clubes que tuvieron en los dos últimos años a un jugador que participará en el mundial de Rusia. Los clubes deberán completar un formulario solicitando el beneficio a la FIFA y presentarlo antes del 10 de enero de 2018 inclusive. La cantidad total destinada a las retribuciones de los clubes será de USD 209 millones brutos, siempre que el Mundial se haya desarrollado con éxito. La parte del beneficio que corresponde a los clubes se calculara teniendo en cuenta el número de jugadores del club convocados para formar parte de la selección de su país en la fase final del Mundial y del número de días que cada uno de ellos esté presente en este torneo. La parte proporcional correspondiente se transferirá a los clubes en los que el jugador convocado para formar parte de su selecci6n en la fase final de la Copa Mundial de la FIFA haya estado inscripto durante los dos años anteriores al día siguiente de la eliminación de su selecci6n en la fase final. EI reparto de las cantidades se efectuara a través de las Federaciones miembro.
Mayor información info@enriquemartorell.net
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