1.- NOTICIAS DEL DEPORTE EN LA ARGENTINA
ENTRÓ EN VIGENCIA LA LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL EMPRESARIA. CÓMO PUEDE AFECTAR A LA AFA Y A LA SUPERLIGA EN EL PROYECTO DE REGRESO DE HINCHAS A LA CANCHA.
El 1º de diciembre de 2017 se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27401, vinculada con el Régimen de Responsabilidad Penal Empresaria.
Se aplica a las personas jurídicas privadas que cometan directa o indirectamente acciones de cohecho y de tráfico de influencias, que realicen negociaciones incompatibles con las funciones públicas y a quienes utilicen balances e informes falsos agravados, entre otros delitos.
Sólo exime de responsabilidad a la persona jurídica siempre y cuando tenga una acción proactiva de colaboración con la justicia.. El compliance officer será la persona detrás del cumplimiento de las normas y tiene que mostrar que los responsables de la corrupción sortearon todas los obstáculos para cometer el delito. Las empresas serán responsabilizadas si quienes tienen que controlar no lo hacen, y si se prueba que los directores decidieron cometer el delito.
El fútbol también tuvo su protagonismo por los escándalos de corrupción que protagonizó durante los últimos años. La compliance officer, Graciela Garay, fue contratada para poner las cosas en orden en la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol). tomando una serie de medidas, entre ellas, cortar los pagos en efectivo. e impuso la investigación previa en materia de transparencia a proveedores y a sponsors.
Actualmente el presidente de la AFA y el presidente de la Superliga analizan un proyecto para que los hinchas de fútbol del equipo visitante puedan participar como espectadores del partido en la cancha del equipo contrincante, lo cual está prohibido. En el proyecto se pactará que los clubes terciarizarán la venta de entradas. Entendemos que en el proyecto deberá evaluar el contenido de la ley de responsabilidad empresaria a la hora de incluir cláusulas como la anterior, para evitar maniobras poco transparentes que lleven a hechos de corrupción.
2.- JURISPRUDENCIA NACIONAL
LA CÁMARA COMERCIAL CONFIRMÓ SU COMPETENCIA PARA RESOLVER EL INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL DE LOS CONTRATOS DE REPRESENTACIÓN DE FUTBOLISTAS.
La justicia nacional en lo Comercial, resolvió ante el planteo de una excepción de incompetencia, que la jurisdicción competente vinculada a la extinción de un contrato de representación entre un intermediario y un futbolista, resulta ser ella. El jugador opuso que ese vínculo tiene naturaleza laboral, y por ende competente la justicia del trabajo. En primera instancia, y confirmado por la Cámara, en los autos “Hidalgo Fernando c/ Calleri s/ incumplimiento de contrato”, se establece la jurisdicción comercial como la competente, tal como lo venía fijando en su jurisprudencia precedente.
3.- JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL
LA NORMATIVA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA DE LA UNIÓN EUROPEA AFECTA AL PATINAJE SOBRE HIELO.
La Comisión Europea ordenó a la Unión Internacional de Patinaje sobre Hielo (ISU) a que modifique su Régimen Disciplinario, porque el mismo afecta a la normativa de defensa de la competencia vigente para la Unión Europea. Ese régimen disciplinario en patinaje prevé sanciones a los deportistas que participan en competencias de esa disciplina que no estén bajo, directa o indirectamente, el ámbito de esa asociación internacional. La novedad de esta decisión reside en una clara injerencia de la justicia comunitaria europea sobre la autonomía de la organización deportiva, y asimismo se debe considerar que es solo un tribunal europeo que pretende imponer su criterio a una asociación que tiene alcance mundial.
4.- NOTICIAS DEL DEPORTE EN EL MUNDO
LA FIFA CUESTIONA LA PARTICIPACIÓN DE ESPAÑA EN EL MUNDIAL.
La Federación Española de Fútbol (FEF) recibió un comunicado de la FIFA por el cual ésta le advirtió que si el Gobierno español interfiere en el proceso de elecciones presidenciales de la federación, quedará excluido de todas las competencias en las que participa ( entre ellas el mundial). Esta carta, llegó después de que se diera a conocer la propuesta de repetición electoral que promovió y presentó el Consejo Superior de Deportes (CSD) ante el Tribunal Administrativo del Deporte para desvincular por completo a Ángel Maria Villar después de la polémica "Operación Soule"., por la que fue suspendido por corrupción. El proceso electoral le daría una salida definitiva al dirigente, quien fue suspendido pero no removido del cargo.
Para la FIFA, la posición del CSD es una intromisión gubernamental que pone en riesgo la autonomía de la Federación y supone una grave violación de sus propios estatutos, lo que daría lugar a la suspensión. “Cada miembro debe administrar sus asuntos de forma independiente y asegurarse de que no se produzca ninguna injerencia por parte de terceros en sus asuntos”, recogen los estatutos de la FIFA en su artículo 13.
A fines de septiembre el CSD presentó ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) un recurso de revisión que fue admitido. El CSD espera que el organismo se pronuncie en los primeros días de enero.
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